Modelo 111: retenciones de nóminas y profesionales

Modelo 111: retenciones de nóminas y profesionales, quién lo presenta y cómo

Actualizado: octubre de 2026.

Si tienes empleados o contratas a profesionales que te facturan con retención de IRPF, esa retención no es tuya: la descuentas del pago y tienes que ingresarla en Hacienda. Eso se hace con el modelo 111. Te explicamos quién lo presenta, cuándo y cómo.

Qué es el modelo 111

Es la declaración trimestral de las retenciones e ingresos a cuenta del IRPF que practicas como pagador. Las más habituales son:

  • Nóminas de tus trabajadores.
  • Facturas de profesionales (abogados, diseñadores, asesores…) que te aplican retención.
  • Otros rendimientos, como premios o determinadas ganancias.

No se incluyen las retenciones por alquiler de locales: esas van en el modelo 115.

Quién tiene que presentarlo

Los autónomos y empresas que, en el trimestre, hayan pagado rentas sometidas a retención: sueldos a empleados o facturas de profesionales con retención. Si en un trimestre no has practicado ninguna retención, no tienes que presentarlo.

Plazos

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero.

Ojo: en el cuarto trimestre el plazo del 111 termina el 20 de enero, antes que el del IVA y el del modelo 130. Las grandes empresas lo presentan cada mes.

El resumen anual: modelo 190

En enero se presenta también el modelo 190, el resumen anual de todas las retenciones declaradas en los 111 del año, con el detalle de cada perceptor. Los importes tienen que cuadrar con la suma de los cuatro trimestres.

Ejemplo

Marta tiene una tienda con una empleada y contrata a una asesora que le factura 300 € al trimestre con un 15 % de retención. En el trimestre, la nómina de su empleada lleva 450 € de retención de IRPF y la asesora le ha facturado con 45 € de retención. En el modelo 111 declara 495 € de retenciones y los ingresa en Hacienda.

Errores frecuentes

  • Pagar la factura completa a un profesional sin descontar la retención que figura en ella.
  • Confundir el 111 con el 115: los alquileres van aparte.
  • Presentar el cuarto trimestre el día 30 de enero, cuando el plazo acaba el 20.
  • Que el modelo 190 no coincida con la suma de los cuatro trimestres.

Preguntas frecuentes

¿Un autónomo sin empleados presenta el modelo 111?

Solo si en el trimestre ha pagado facturas de profesionales con retención. Si no ha practicado ninguna retención, no tiene que presentarlo.

¿Qué pasa si presento el modelo 111 tarde?

Si lo presentas tarde por tu cuenta se aplica un recargo según el retraso. Si Hacienda te lo requiere antes, puede haber sanción.

¿Dónde se presenta?

En la sede electrónica de la Agencia Tributaria, con certificado digital, Cl@ve o DNI electrónico.

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