Actualizado: octubre de 2026.
Si tienes alquilado un local, una oficina o una nave para tu actividad, tu factura de alquiler casi siempre lleva una retención de IRPF. Esa parte no se la pagas al propietario: la ingresas tú en Hacienda cada trimestre con el modelo 115.
Qué es el modelo 115
Es la declaración trimestral de las retenciones por el alquiler de inmuebles urbanos que usas para tu actividad. La retención general es del 19 % sobre la renta del alquiler, sin contar el IVA.
Quién tiene que presentarlo
El inquilino que sea autónomo o empresa y alquile un inmueble urbano para su actividad. Hay casos en los que no se aplica retención, por ejemplo:
- Cuando la renta anual que pagas a un mismo propietario no supera los 900 €.
- Cuando el propietario te acredita que está exonerado de retención por su forma de tributar el alquiler.
- Cuando alquilas una vivienda para vivir: ahí no actúas como empresario.
Plazos
- Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
- Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
- Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
- Cuarto trimestre: del 1 al 20 de enero.
Ejemplo de factura de alquiler con retención
Pablo alquila un local por 1.000 € al mes. La factura del propietario será:
- Renta: 1.000 €.
- IVA (21 %): 210 €.
- Retención IRPF (19 %): −190 €.
- Total que Pablo paga al propietario: 1.020 €.
Cada trimestre, Pablo ingresa en Hacienda con el modelo 115 las retenciones de los tres meses: 570 €. El IVA de la factura lo puede deducir en su modelo 303 y el alquiler es un gasto deducible en su IRPF.
El resumen anual: modelo 180
En enero se presenta el modelo 180, el resumen anual de las retenciones por alquiler, con los datos de cada propietario y del inmueble. Tiene que coincidir con la suma de los 115 del año.
Errores frecuentes
- Pagar al propietario la renta completa sin descontar la retención.
- Calcular la retención sobre el total con IVA en lugar de sobre la renta.
- Olvidar el modelo 180 en enero.
- Seguir reteniendo cuando el propietario ha acreditado que está exonerado.
Preguntas frecuentes
¿Si trabajo desde casa tengo que presentar el modelo 115?
No, si la vivienda es tuya, porque no pagas alquiler. Si vives de alquiler, tampoco: es un alquiler de vivienda, no de un local para tu actividad.
¿Hay que presentar el 115 si un trimestre no he pagado alquiler?
No es necesario presentarlo si en ese trimestre no has practicado retenciones por alquiler.
¿Quién ingresa la retención, el propietario o yo?
Tú, como inquilino. El propietario la descuenta después en su propia declaración del IRPF o del impuesto de sociedades.
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