Actualizado: octubre de 2026.
Si cobras el paro y quieres empezar un negocio, no tienes por qué elegir entre una cosa y otra. La capitalización de la prestación por desempleo, conocida como pago único, permite cobrar de una vez lo que te queda de paro para invertirlo en tu actividad como autónomo, o usarlo para pagar tus cuotas a la Seguridad Social.
Qué es el pago único
Es una medida del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) para quienes cobran la prestación contributiva por desempleo y van a trabajar por su cuenta. Si te establecen como autónomo, puedes capitalizar hasta el 100 % del importe que te quede por cobrar. Los subsidios asistenciales no se pueden capitalizar.
Requisitos principales
- Ser beneficiario de la prestación contributiva y tener pendientes de cobro al menos tres meses.
- No haber capitalizado el paro en los cuatro años anteriores.
- Pedirlo antes de darte de alta como autónomo. La fecha de inicio de la actividad tiene que ser posterior a la solicitud.
- Iniciar la actividad en el plazo que marque la resolución, normalmente dentro del mes siguiente.
- Presentar una memoria del proyecto y los justificantes de la inversión que vas a hacer.
El orden es importante: si te das de alta en Hacienda y en la Seguridad Social antes de pedir el pago único, pierdes la opción de capitalizar.
Las tres formas de usarlo
| Modalidad | Cómo funciona | Para quién |
|---|---|---|
| Pago único para inversión | Recibes de una vez el importe necesario para la inversión inicial | Quien necesita comprar equipos, un vehículo, género o reformar un local |
| Abono de cuotas | El SEPE te paga cada mes la cuota de autónomo mientras dure lo que te queda de paro | Quien apenas necesita inversión y quiere cubrir la cuota |
| Combinada | Una parte para la inversión y el resto para pagar cuotas | La opción más habitual |
Además de la inversión, una parte puede destinarse a gastos de constitución y puesta en marcha, como asesoramiento o formación relacionados con la actividad. También se puede usar para aportar capital a una sociedad o cooperativa de nueva creación en determinadas condiciones.
Cómo se pide
- Prepara la memoria del proyecto: qué vas a hacer, dónde, qué inversión necesitas y cómo vas a ganar dinero.
- Reúne presupuestos o facturas proforma de lo que vas a comprar.
- Presenta la solicitud en la sede electrónica del SEPE o con cita previa en tu oficina.
- Espera la resolución y, una vez concedida, date de alta en Hacienda y en la Seguridad Social dentro del plazo.
- Justifica después la inversión con las facturas.
Para el alta, sigue nuestra guía de cómo darse de alta como autónomo.
Cómo tributa en el IRPF
El pago único está exento de IRPF siempre que mantengas la actividad durante cinco años. Si la dejas antes, tendrás que tributar por lo cobrado. Tenlo en cuenta antes de decidir.
Antes de decidir
- Si tu negocio necesita poca inversión, el abono de cuotas te da tranquilidad los primeros meses.
- Combina el pago único con las ayudas para empezar de tu comunidad autónoma, que pueden ser compatibles: consulta las ayudas por comunidad autónoma.
- Pide cita en el SEPE si tienes dudas sobre tu caso: los requisitos pueden variar según tu situación.
Preguntas frecuentes
¿Puedo capitalizar el paro si ya me he dado de alta como autónomo?
No. La solicitud tiene que presentarse antes del alta. Si te das de alta primero, pierdes la posibilidad de capitalizar.
¿Cuánto paro puedo capitalizar?
Hasta el 100 % del importe pendiente de la prestación contributiva, siempre que te queden al menos tres meses por cobrar.
¿Tengo que devolver el dinero si el negocio no funciona?
No, si has cumplido los requisitos y justificado la inversión. Pero si cesas la actividad antes de cinco años, el importe dejará de estar exento de IRPF.
¿Puedo capitalizar el subsidio por desempleo?
No. El pago único solo se aplica a la prestación contributiva.
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